La seguridad social es una serie de servicios y beneficios a que todo ciudadano tiene derecho, ya sea de parte de instituciones privadas previo pago de cotizaciones, o por parte del estado quien debe proveerla gratuitamente, aunque de forma parcial. de la seguridad social.

¿Qué compone la seguridad social?

Básicamente la seguridad social está compuesta por tres elementos que la conforman a saber:

  • Salud.
  • Pensión
  • Arl o Riesgos laborales.

Toda persona tiene derecho a los servicios de salud, ya sea mediante pago previo o gratuitamente por parte del estado mediante el Sisbén.

La pensión es un derecho, pero la persona debe pagar por ella mediante cotizaciones periódicas por un término que la ley ha dispuesto.

Los riesgos laborales son un seguro que cubre cualquier eventualidad que tenga relación con el desarrollo de actividades laborales.

 

Seguridad social en relación laboral

Todo trabajador, tiene derecho a que se le garantice la seguridad social integral, entendida esta como la cobertura en salud y los riesgos de invalidez, vejes y muerte, al igual que la cobertura en caso de accidentes de trabajo.

Aunque la constitución nacional establece que el estado debe garantizar la seguridad social de los ciudadanos, quienes realmente la deben garantizar son los empleadores que vinculan trabajadores mediante contrato de trabajo, puesto que deben afiliar al trabajador a las distintas entidades que administran la seguridad social.

La ley 100 de 1993, que es el marco legal general de la seguridad social, define a esta de la siguiente forma:

«La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.»

Todo empleador debe afiliar a sus empleados tanto al sistema de salud, como al de pensión y riesgos laborales.

La salud es gestionada por las EPS. La pensión es gestionada por los fondos de pensión. Los riesgos laborales son gestionados por las ARL.

  • La cotización a salud es del 12.5 distribuida así: 4% aporta el trabajador y 8.5% aporta el empleador.
  • La cotización a pensión es del 16% distribuida así: 4% aporta el trabajador y 12% aporta el empleador.
  • La cotización a riesgos laborales varía según el riesgo a que se exponga cada trabajador, y en su totalidad es aportada por la empresa o empleador. Los aportes varían entre un 0,522% para el nivel I de riesgo y 6.960% para el nivel V de riesgo.

El trabajador elige la EPS y el fondo de pensión donde se quiere afiliar. El empleador elige la ARP donde desea afiliar a sus trabajadores.

En el caso de los trabajadores independientes, son estos quienes deben afiliarse al sistema de seguridad social y realizar las cotizaciones respectivas.

 

¿Qué son los parafiscales?

Los aportes parafiscales son contribuciones obligatorias por parte de los empleadores a las cajas de compensación familiar, ICBF y Sena.

Los parafiscales son contribuciones obligatorias por parte de los empleadores a las cajas de compensación familiar –CCF–, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– y al Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–.

El monto de estos aportes corresponde al 9 % del costo mensual de la nómina y se divide en los siguientes porcentajes según la institución a la que se encuentre dirigida la contribución:

Concepto Porcentaje
CCF 4 %
ICBF 3 %
Sena 2 %

Estos pagos se realizan mediante planilla de seguridad social, la fecha de pago se asigna dependiendo de los 2 últimos dígitos del nit de la compañía, sin incluir el digito de verificación.