Tras la firma del decreto 770 de 2020 y la circular 041 del Ministerio del Trabajo. El gobierno nacional establece una serie de cambios en materia laboral tendientes a paliar las consecuencias de la emergencia económica, surgida tras la expansión de la pandemia generada por la expansión de la covid -19. la cual ya se ha cobrado cerca del 25% del empleo formal en el país y amenaza con destruir un 25% adicional como lo han señalado los gremios y como ha sido ratificado por el DANE 

Se busca con esto una mayor flexibilización del mercado laboral y de las condiciones que rigen para dicho mercado y sus actores principales, empleados y empleadores. 

Entre las nuevas medidas adoptadas se establecen cambios en la jornada laboral, los plazos para efectuar los pagos de ley y la contratación.

La primera modificación y tal vez la más importante consiste en los cambios de la jornada laboral. esta pasara de 5 días laborales semanales a 4, con horarios que comprenderán 12 horas por día en lugar de 8, esto busca redistribuir los turnos de trabajo en un periodo más amplio para reducir aglomeraciones en las empresas y el trasporte público, respetando el tope de 48 horas semanales contemplado actualmente. Se permite así mayores días de descanso a los empleados. las cuatro horas de diferencia por jornada al día no serán consideradas como horas extra y, por tanto, no se deberá pagar recargos. más sin embargo estos no desaparecen, solo quedaran contemplados fuera de la nueva jornada. Los recargos nocturnos y dominicales que seguirán teniendo lugar, se podrán pagar en cuotas iguales a más tardar el 20 de diciembre de este año.

Se mantiene el pago de auxilio de trasporte, pero deberá este ser trasladado en los casos que se requiera a un auxilio para conectividad digital para aquellos trabajadores cuyas labores se trasladen a sus domicilios en calidad de teletrabajo.

En cuanto a las primas de mitad de año se ratifican con las modificaciones previas que permiten la cancelación de las mismas en 3 pagos cuyo plazo no deberá ir más allá del 20 de diciembre del año en curso, además se podrá aplicar a un subsidio de $220.000 por cada empleado con un salario comprendido entre un mínimo y $1 millón mensual.  

Se deja en firme también el pago de un subsidio de $160.000 a cerca de 600.000 despedidos durante la crisis o enviados a licencia no remunerada. “aunque en estos casos las empresas continúan pagando la seguridad social, los empleados no están percibiendo ingresos”, explicó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

“Pasamos de 91.000 a 150.000 subsidios para los cesantes con recursos de las cajas de compensación familiar, quienes podrán entregar este beneficio a cerca de 60.000 personas nuevas que estaban en espera”, afirmo el Ministro

Cabe resaltar que todos los cambios avalados por el decreto deberán ser conciliados entre empleadores y empleados, buscando – acuerdos fraternos- para la protección del empleo sin desmejorar las condiciones del trabajador, enfatizo el jefe de la cartera ministerial